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Ayudas

Desde ITE podemos ayudarte a acceder a algunas ayudas que te faciliten el acceso a los proyectos de innovación que necesita tu empresa. Se trata de subvenciones que te ayuden a mejorar tu desarrollo tecnológico.
Instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables
Instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables
Objeto

Ayudas para el impulso de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables.

Información General
Beneficiarios

Cualquier comunidad de energías renovables o comunidad energética, entidades de gestión y modernización de las áreas industriales, ayuntamientos, asociaciones vecinales, comunidades de regantes, así como las comunidades de propietarios en las que participen como mínimo 5 consumidores de energía eléctrica.

Presupuesto y cuantía de la ayuda

Presupuesto total de la convocatoria será de 5.000.000 euros

Actuaciones incentivables

Instalaciones de autoconsumo colectivo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales, en régimen de comunidad de energías renovables

  • Las instalaciones apoyables atenderán las necesidades energéticas de 5 CUPS como mínimo
  • En el caso de autoconsumo colectivos la cuota máxima de participación en el acuerdo de reparto de cada participante (CUPS) no podrá superar el 75%.

Garantías exigidas a los equipos e instalaciones:

  • Equipos principales: al menos 3 años desde la fecha de la adquisición.
  • Instalación: al menos 3 años desde la fecha de puesta en marcha de la instalación.

Costes elegibles

a) Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.

En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.

b) Obra civil estrictamente necesaria vinculada a la instalación objeto de subvención siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.

c) Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión, caja general de protección o transformador.

d) Sistemas de control, telemedida, monitorización y comunicación con el centro de control asociados a la instalación, incluidas las pruebas y puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.

e) Sistemas de gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía eléctrica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto.

f) Costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra. Límite del 5% del presupuesto de ejecución material de la instalación.

g) Costes de constitución de la comunidad de energía renovable (escritura notarial y registros oficiales, redacción de estatutos). Importe máximo de 500€

Intensidad de las ayudas

Las ayudas tienen la consideración de subvención.

Intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.

Cuantía máxima subvencionable por proyecto 100.000 €.

Solicitudes

Del 15/05/2024 al 28/06/2024

Justificación: hasta el 25 de abril de 2025 o fecha indicada en la resolución de concesión

Información General
Si quiere aclarar o ampliar esta información, rellene el siguiente formulario: