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Ayudas
Desde ITE podemos ayudarte a acceder a algunas ayudas que te faciliten el acceso a los proyectos de innovación que necesita tu empresa. Se trata de subvenciones que te ayuden a mejorar tu desarrollo tecnológico.
Programa MOVES III 2025 – Vehículos Comunitat Valenciana

Programa MOVES III 2025 - Vehículos Comunitat Valenciana

Objeto

Solicitudes del 18/07/2025 al 31/12/2025

Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible para el año 2025, con la finalidad de incentivar la adquisición en la Comunitat Valenciana de vehículos eficientes que utilizan energías alternativas a los combustibles convencionales, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, así como la consiguiente reducción de la dependencia de los productos petrolíferos.

Información General

Beneficiarios

Gran empresa

Personas físicas que no desarrollan actividad económica

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica

Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica

Presupuesto y cuantía de la ayuda

Financiación

31.974.300 €

Intensidad de las ayudas

Intensidad por tipo de beneficiario:

  1. Beneficiarios con actividad económica (autónomos)
  • Aplican los límites del Reglamento (UE) 2023/2831, de ayudas de minimis.
  • Condición: Personas físicas que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (autónomos).
  • Límite máximo de ayuda 300.000 € en total durante cualquier período de tres años.
  • Obligación documental:
    • Presentar una declaración responsable de ayudas de minimis recibidas junto a la solicitud.
  1. Beneficiarios sin actividad económica (art. 7.1 a), b), c) y e), este último sin actividad económica)
  • Se establecen cuantías individuales de ayuda fija.
  • El vehículo debe cumplir con un límite máximo de precio de venta antes de impuestos, según la tabla de ayudas.
  • Importe de ayuda: Se abona solo si el precio de venta al cliente (en el momento de solicitar la ayuda) no supera dicho límite.
  • Si se supera el límite de precio: No procede el abono de la ayuda fija.
Motorización Categoría Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP Límite precio venta vehículo (€) Ayuda (€)Sin achatarrar Ayuda (€)Con achatarramiento
Pila de combustible (FCV, FCHV) M1 - - 4.500 7.000
PHEV, EREV, BEV M1 Mayor o igual de 30 y menor de 90 45.000 (2) 2.500 5.000
Mayor o igual de 90 45.000 (2) 4.500 7.000
PHEV, EREV, BEVPila de combustible (FCV, FCHV) N1 Mayor o igual de 30 - 7.000 9.000
BEV L6e - - 1.400 1.600
BEV L7e - - 1.800 2.000
BEV L3e, L4e, L5e, con P≥3kW Mayor o igual de 70 10.000 1.100 1.300

La autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico se define como la distancia capaz de recorrer el vehículo utilizando exclusivamente la energía acumulada en sus baterías, y que declara el fabricante en la documentación técnica y comercial del vehículo.

El límite de precio de venta del vehículo se amplía a 53.000 € para vehículos BEV de 8 o 9 plazas.

Condición Categoría de Vehículo Tipo de Beneficiario Incremento / Condición Acumulabilidad
Persona física con discapacidad y movilidad reducida que adapte el vehículo para su conducción M1 / N1 Persona física o autónomo con discapacidad +10% sobre ayuda base (adaptación debe constar en ficha técnica) No acumulable con otros +10%
Persona empadronada en municipio < 5.000 habitantes (mínimo 2 años) M1 / N1 / L Cualquier beneficiario +10% sobre ayuda base (con acreditación de empadronamiento) No acumulable con otros +10%
Vehículo M1 destinado a uso como taxi (PUBL-Taxi – código A04 en D4 del permiso de circulación) M1 Profesional del taxi +10% sobre ayuda base No acumulable con otros +10%
Vehículo M1 destinado a uso VTC (ACC – alquiler con conductor en D4 del permiso de circulación) M1 Operador VTC +10% sobre ayuda base No acumulable con otros +10%
Achatar vehículo (conforme a art. 3.4.d del programa) M1 / N1 / L Todos los beneficiarios Se aplica ayuda conforme a columna "Ayuda con achatarramiento" Sí acumulable con uno de los +10% anteriores
Límite por ayudas de minimis (Reglamento UE 2023/2831) Beneficiarios art. 7.1.a Aplican los límites máximos por beneficiario definidos por la normativa “minimis”
Límite: 1 vehículo por beneficiario Beneficiarios art. 7.1.b Máx. 1 vehículo subvencionado
Límite: 250 vehículos por año natural Beneficiarios art. 7.1.c y 7.1.e Hasta 250 vehículos subvencionables al año
Límite según categoría y tamaño de empresa (Reglamento UE 2023/1315 – modificación del 651/2014) Beneficiarios art. 7.1.d y 7.1.e con actividad económica Se establecen cuantías fijas por tipo de empresa según normativa UE Solo si no se supera el precio máximo del vehículo antes de impuestos
  • Solo uno de los incrementos del 10% es aplicable por vehículo (no acumulables entre sí).
  • El achatarramiento sí es acumulable con uno de los incrementos del 10%.
  • En caso de renting o leasing, también se puede aplicar el incentivo si se cumplen las condiciones (achatarramiento o colectivo beneficiario).
  • El precio del vehículo no debe superar los límites establecidos en la normativa para poder recibir la ayuda.
Motorización Categoría Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP Límite precio venta vehículo (€) Ayuda (€) – Pyme sin achatarrar Ayuda (€) – Pyme con achatarramiento Ayuda (€) - Gran empresa sin achatarrar Ayuda (€) - Gran empresa con achatarramiento
Pila de combustible (FCV, FCHV) M1 - - 2.900 4.000 2.200 3.000
PHEV, EREV, BEV

 

M1

 

≥ 30 y < 90 45.000 (2) 1.700 2.300 1.600 2.200
≥ 90 45.000 (2) 2.900 4.000 2.200 3.000
PHEV, EREV, BEVPila de combustible (FCV, FCHV) N1 ≥ 30 - 3.600 5.000 2.900 4.000
BEV

BEV

BEV

L6e - - 800 1.000 800 1.000
L7e - - 1.200 1.500 1.200 1.500
L3e, L4e, L5e, con P≥3kW ≥ 70 10.000 750 950 700 900

Autonomía eléctrica WLTP: Se refiere a la distancia que puede recorrer el vehículo exclusivamente con energía eléctrica acumulada en sus baterías, según declara el fabricante.

Límite de precio ampliado: El límite de 45.000 € se amplía a 53.000 € para vehículos BEV de 8 o 9 plazas.

Actuaciones incentivables

Actuación 1. Adquisición de vehículos eléctrico enchufables y de pila de combustible

Actuación 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

Conceptos financiables

  1. Modalidades de adquisición permitidas: Compra directa, Leasing financiero, Renting (leasing operativo).
  • El vehículo debe estar matriculado por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda. Excepción: en el caso de renting, el vehículo puede estar matriculado a nombre de la empresa arrendadora.
  • Requisitos de fechas según tipo de beneficiario:
    • Beneficiarios del art. 7.1 a), b), c) y e) sin actividad económica:

Fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación: a partir del 1 de enero de 2025.

  • Beneficiarios del art. 7.1 d) y e) con actividad económica:

Fecha de factura y matriculación: posterior al registro de la solicitud de ayuda.

  • Se consideran válidas las solicitudes registradas desde el 1 de enero de 2025,
  • El pago total o parcial del vehículo (incluidos anticipos o pagos a cuenta) debe haberse realizado a partir del 1 de enero de 2025, o posterior al registro de la solicitud, según el tipo de beneficiario.
  1. Vehículos de demostración (hasta 12 meses de antigüedad)
  • Categorías subvencionables: M1, N1, L3e, L4e y L5e.
  • Antigüedad máxima permitida hasta 12 meses desde la primera matriculación hasta la fecha de factura o la fecha de solicitud, lo que ocurra primero.
  • Requisitos de titularidad:
    • El vehículo debe estar a nombre de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador.
    • Debe haber sido adquirido como vehículo nuevo por el concesionario al fabricante o importador.
  • Límite por entidad titular:
    • Máximo 90 vehículos de demostración por titular (concesionario/punto de venta).
  1. Vehículos seminuevos (hasta 12 meses de antigüedad)
  • Categorías subvencionables: M1, N1, L3e, L4e y L5e.
  • Antigüedad máxima permitida hasta 12 meses desde la primera matriculación hasta la fecha de factura o la fecha de solicitud, lo que ocurra primero.
  • Requisitos de primera titularidad:
    • Debe ser:
      • El propio fabricante (Grupo CNAE 291), o
      • Una empresa de renting o rent a car (Grupo CNAE 771).
    • El vehículo debe haber sido adquirido como nuevo al fabricante o importador.
  • Límite por entidad titular: Máximo 250 vehículos seminuevos por titular (fabricante o empresa de renting/rent a car).

Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de

Vehículos del IDAE, https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III (VER REQUISITOS)

Información General

Si quiere aclarar o ampliar esta información, rellene el siguiente formulario:

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