El Gobierno aprueba nuevas medidas energéticas, fiscales y sectoriales para responder al impacto de la crisis en Oriente Medio

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan nuevas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. La norma da continuidad parcial al paquete aprobado en marzo, pero introduce una retirada progresiva de algunas medidas fiscales y de apoyo, al tiempo que mantiene instrumentos de protección para sectores especialmente expuestos al coste de la energía y de los combustibles.

La regulación combina medidas energéticas, fiscales, agrarias, pesqueras, de transporte y sociales. Entre los elementos más relevantes destacan los cambios en el Impuesto sobre Hidrocarburos, la posible reactivación temporal de rebajas en IVA eléctrico y gasista si se producen repuntes fuertes de precios, la reducción progresiva del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, nuevas obligaciones vinculadas a infraestructura de recarga eléctrica y ajustes en el marco de almacenamiento, redes, bombeo y operación del sistema.

El Real Decreto-ley parte de la prórroga y adaptación del Plan Integral aprobado en marzo de 2026, que movilizaba medidas de respuesta inmediata y actuaciones estructurales frente al impacto de la crisis en Oriente Medio sobre los mercados energéticos. Aunque la norma señala una fase de desescalada geopolítica, mantiene que persisten riesgos sobre el suministro, los precios de combustibles, las primas de seguro, el tránsito marítimo y la recuperación del gas procedente del Golfo.

El texto plantea una retirada gradual de parte de las medidas hasta finales de septiembre de 2026, pero conserva mecanismos de salvaguarda para reactivar apoyos si determinados índices de precios energéticos repuntan por encima del 15 % interanualEsta lógica afecta especialmente al Impuesto sobre Hidrocarburos, al IVA de electricidad y gas natural y al Impuesto Especial sobre la Electricidad.

Además de las medidas coyunturales, la norma introduce ajustes estructurales en transición energética. Modifica aspectos de redes eléctricas, infraestructuras de evacuación compartidas, funciones de las distribuidoras, almacenamiento en territorios no peninsulares, bombeo, infraestructura de recarga eléctrica y supervisión del mercado de carburantes.

Este Real Decreto-ley entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE. Las medidas fiscales sobre hidrocarburos y ayudas sectoriales se aplican principalmente entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026. La actualización de parámetros retributivos del régimen específico deberá realizarse en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor. El listado de estaciones de servicio obligadas a instalar puntos de recarga por ventas de 2025 deberá aprobarse en un plazo máximo de cuatro meses. El IVPEE queda reducido mediante minoraciones en 2026, pasa al 3,5 % en 2027 y al 0 % desde el 1 de enero de 2028.

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