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Ayudas

Desde ITE podemos ayudarte a acceder a algunas ayudas que te faciliten el acceso a los proyectos de innovación que necesita tu empresa. Se trata de subvenciones que te ayuden a mejorar tu desarrollo tecnológico.
Proyectos industriales estratégicos en la Comunitat Valenciana
Proyectos industriales estratégicos en la Comunitat Valenciana
Objeto

Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión, así como proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, que sean ejecutados en la Comunitat Valenciana, y que se puedan considerar estratégicos por concurrir dos o más de las siguientes circunstancias:

  1. Por tener un carácter tractor industrial para un sector o el conjunto de la industria de la Comunitat Valenciana, con efectos, al menos, a medio o largo plazo.
  2. Por su capacidad de generar empleo en el territorio.
  3. Por generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad industrial.
  4. Por involucrar a gran parte de una o varias cadenas de valor industriales.
  5. Por involucrar a gran parte de una o varias cadenas de valor industriales.
  6. Por su capacidad para movilizar una gran inversión en la Comunitat Valenciana.
  7. Por suponer un impulso la descarbonización de la industria.
Información General
Beneficiarios

Empresas industriales privadas, así como las asociaciones empresariales vinculadas directamente a la industria, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana los proyectos industriales. (Códigos del 10 a 32 del CNAE).

Presupuesto y cuantía de la ayuda

Mínimo subvencionable del proyecto en su totalidad será de 1.000.000 €, IVA excluido.

Financiación

2023 2024 2025
Importe global máximo

9.995.283€

4.717.283 € 2.842.000 € 2.436.000€

la ayuda consistirá en los siguientes porcentajes sobre los costes subvencionables en función del tamaño de empresa:

  • Hasta el 40 % en el caso de grandes empresas.
  • Hasta el 50 % en el caso de medianas empresas.
  • Hasta el 60 % en el caso de pequeñas empresas.

Costes subvencionables

  • Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción industrial. Se admitirán también como activos vinculados a la producción industrial, los moldes y matrices, la maquinaria para certificación o control de calidad de productos, el equipamiento e instalación de los laboratorios internos y salas blancas en el establecimiento industrial, los transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de los residuos, emisiones y efluentes generados por el proceso industrial, los vehículos y equipos de transporte por el interior de las instalaciones industriales, así como en general la maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados. Todos los equipos y activos.
  • Costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa.
  • Inversiones en adecuación de bienes inmuebles o de instalaciones del establecimiento productivo
  • Costes de traslado y puesta en funcionamiento en caso de activos materiales adquiridos, incluyendo los costes de grúas, montaje y desmontaje de los nuevos activos o de los que se sustituyen.
  • Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
  • Costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la beneficiaria.
  • Costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos o procesos industriales.
  • Gastos laborales de personal propio (límite del 15 % del total de los costes del proyecto).
  • Costes de contratación externa de ingeniería industrial.
  • Gastos de contratación de colaboraciones externas.
  • Gastos de asesoría jurídica, gastos notariales y registrales y gastos periciales.
  • Gastos para la elaboración del informe de revisión (máx. 600€).
Actuaciones incentivables

Plazo de las actuaciones subvencionables

  • Los proyectos podrán tener carácter plurianual.
  • Los proyectos deberán iniciarse en el ejercicio de la convocatoria y el plazo máximo de duración no podrá exceder de la anualidad 2025.
  • Los costes acogidos al régimen de minimis deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y las fechas de la justificación anual de la subvención. Los costes acogidos al RGEC, deberán realizarse entre la fecha de la solicitud y las fechas de la justificación anual de la subvención.
  • En el caso de las inversiones, la realización de las actuaciones se produce con la puesta en funcionamiento de los activos subvencionados. En el resto de los costes, se considerará la fecha de finalización de las colaboraciones, adquisiciones o servicios asociados a los costes subvencionados.

Solicitudes

Del 16 de mayo al 16 de junio de 2023 (23.59.59 h).

Justificación

  • Justificación de la ejecución realizada en 2023: hasta el 5 de diciembre de 2023.
  • Justificación de la ejecución de 2024: hasta el 5 de diciembre de 2024.
  • Justificación de la ejecución de 2025: hasta el 5 de diciembre de 2025.

 

 

Información General
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