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Ayudas

Desde ITE podemos ayudarte a acceder a algunas ayudas que te faciliten el acceso a los proyectos de innovación que necesita tu empresa. Se trata de subvenciones que te ayuden a mejorar tu desarrollo tecnológico.
Banco de pruebas – Sandboxes
Banco de pruebas - Sandboxes
Objeto

Puesta en marcha de proyectos piloto innovadores, limitados en volumen, duración y ámbito geográfico, que requieran aplicar exenciones de la regulación sectorial para su desarrollo. Serán elegibles aquellas iniciativas cuya propuesta se base en una innovación regulatoria de interés, atendiendo, especialmente, a su capacidad de contribuir a la mejora de la regulación y al aprendizaje regulatorio.

Información General
Beneficiarios

El acceso al banco de pruebas regulatorio podrá solicitarse de manera individual o como agrupación, con o sin personalidad jurídica.

Presupuesto y cuantía de la ayuda

 Financiación

  • Máximo 15.000.000 € por empresa y proyecto.
  • Hasta un máximo del 60% de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas, del 50% en el de la mediana empresa y de hasta el 40% si se trata de grandes compañías.
Actuaciones incentivables

Características

  1. El proyecto piloto se desarrollará en territorio español.
  2. La entidad promotora cumple los requisitos como tal (v. aptdo 4 orden).
  3. El proyecto piloto tendrá carácter limitado en cuanto a su volumen, duración y ámbito geográfico.
  4. La participación del proyecto piloto en el banco para la realización de las pruebas tendrá una duración máxima de 2 años.
  5. Las solicitudes se estructurarán en dos fases:
  • primera fase, en la que se evaluará la elegibilidad de los proyectos.
  • segunda fase, en la que se valorará el interés de la innovación regulatoria.
Condiciones de elegibilidad Fase 1 Fase 2
El proyecto piloto se desarrollará en territorio español. x  
La entidad promotora cumple el conjunto de requisitos establecidos en el apartado Cuarto de esta orden. x  
El proyecto piloto tendrá carácter limitado en cuanto a su volumen, duración y ámbito geográfico. x  
La participación del proyecto piloto en el banco tendrá una duración máxima de veinticuatro meses. x  
El proyecto piloto se encuentra en un estado de planificación y potencial desarrollo losuficientemente avanzado para participar en el banco de pruebas regulatorio. x x
Para la puesta en marcha del proyecto piloto se requiere de la aplicación de una exenciónen la regulación del sector eléctrico, con el objetivo final de dar lugar a una innovación regulatoria. x x
La entidad promotora posee un plan de ejecución completamente definido, el proyectopiloto contiene objetivos y plazos realistas, expresa con claridad las potenciales mejoras regulatorias propuestas y especifica las exenciones regulatorias necesarias. x x
El proyecto piloto posee viabilidad técnica. x x
Se garantiza la ausencia de riesgos para el sistema eléctrico. x  
Se asegura la protección de los consumidores. x  
Se cumple el principio de sostenibilidad económica y financiera previsto en el título III de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. x  
Se garantiza el cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. x  
Se contribuye a la consecución de los objetivos de energía y clima y sostenibilidad ambiental establecidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, así como el resto de objetivos establecidos en la regulación nacional o europea, en particular, a la autonomía estratégica.  

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Con la puesta en marcha del proyecto piloto se garantiza el cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo al mercado interior de la electricidad; en la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, y en la demás normativa europea que sea de aplicación.  

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Se satisface el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.  

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Solicitudes

Del 07 de junio al 1 de agosto de 2023.

Información General
Si quiere aclarar o ampliar esta información, rellene el siguiente formulario: